Este artículo constitucional apunta, además, que jamás va a poder ser reelecto para otro lapso constitucional, ni aunque se haya desempeñado en el cargo como interino.
“La o el habitante que haya desempeñado el cargo de Gobernador del Estado, por medio de la votación exitosa ordinaria o extraordinaria, en ningún caso o por ningún fundamento va a poder volver a emplear aquel cargo, ni todavía con el carácter de interino, provisional, sustituto o delegado del despacho”.
Tampoco va a poder realizarlo quien haya desempeñado el cargo de Gobernador sustituto constitucional, o el electo para concluir el lapso en caso de falta absoluta del constitucional, aunque tenga distinta designación, no va a poder ser electo Gobernador para el lapso inmediato”.
Apegado a eso que muestra la ley, Salomón Jara Cruz deberá tomar protesta este próximo 1 de diciembre frente a el pleno de la 65 Legislatura del Congreso de Oaxaca, cuya ceremonia se realizará justamente en el recinto legislativo y iniciará a fungir como gobernador de forma rápida
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