La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación en la que confirma que hubo negligencia de trabajadores en la muerte de una niña migrante en un Albergue de Tránsito para Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes no Acompañados del Sistema DIF Estatal en Oaxaca.
También encontró que la detención de la menor, su hermana y su madre de nacionalidad guatemalteca, llevada a cabo por agentes del Instituto Nacional de Migración (INM), tuvo irregularidades en la integración del expediente administrativo migratorio que incluye la presentación y el alojamiento en las estaciones migratorias.
El 15 de febrero de 2021, la niña y sus padres fueron detenidas por personal del INM debido a que no acreditaron su regular estancia en México, por lo que las llevaron al albergue, lugar en el que esperarían que la Procuraduría de Protección emitiera el plan de restitución de derechos correspondiente.
La madre de la menor relató que aproximadamente a las 13:00 horas del 5 de marzo de 2021, se encontraba en entrevista con su Consulado, cuando sus hijas le pidieron una fruta y las niñas se dirigieron a la cocina del albergue y minutos después se escuchó un fuerte ruido.
De inmediato fue a buscarlas y encontró a una de ellas debajo del refrigerador de tipo industrial que se había caído, en presencia de su otra hija, enseguida dos asistentes de la fundación levantaron el electrodoméstico y sacaron a la menor quien presentaba lesiones en la cara, cuando llegaron los paramédicos ya había fallecido.
La madre denunció que una semana antes del accidente les reportó a las asistentes del albergue que el refrigerador de aproximadamente dos metros de altura no estaba bien colocado ya que se movía al abrirlo, sin embargo, hicieron caso omiso.
El 5 de marzo de 2021, se inició la carpeta de investigación sobre la muerte de la menor en el albergue, pero la Fiscalía General de la República determinó el 21 de noviembre de 2021, el no ejercicio de la acción penal.
“Con motivo de los citados hechos se inició el expediente de queja CNDH/PRESI/2021/2885/Q a fin de investigar las violaciones a derechos humanos, esta Comisión Nacional solicitó información al INM; a la Procuraduría de Protección; así también, en colaboración a la Fiscalía General y a la Comar, cuya valoración lógico-jurídica es objeto de análisis en el capítulo de Observaciones y Análisis de Pruebas de esta Recomendación”, precisa el organismo.
La CNDH señaló que el DIF Oaxaca como agente del Estado tiene el deber de ofrecer una atención a víctimas que proteja sus derechos, una posición de garante y ésta obligado a salvaguardar a las personas que están bajo su cuidado y protección de cualquier afectación a sus derechos.
“Ante ello, este Organismo protector de los derechos humanos no puede pasar por alto la omisión, falta de cuidado y supervisión, y la omisión de debida diligencia del personal del DIF Oaxaca”.
El organismo aseguró que el DIF Oaxaca no garantizó la protección integral de sus derechos a las dos niñas de nacionalidad guatemalteca, al no habilitar un espacio de alojamiento adecuado para recibirlas que cumpliera con los estándares mínimos para que se les brindara atención adecuada.
Esta omisión, dijo, implicó el fallecimiento de una niña y este deceso también afectó de manera directa a su madre y a su hermana, así como a todo su entorno familiar.
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